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Un fiscal acusó a tres personas por contaminar el barrio con plaguicidas por las fumigaciones de los campos vecinos.
Si prospera la acusación de un fiscal de la ciudad de Córdoba, dos productores agropecuarios y un comerciante podrían ser juzgados por el delito de contaminación ambiental, un caso pionero en la provincia. Las tres personas están acusadas por la fumigación clandestina con plaguicidas peligrosos de campos próximos al barrio Ituzaingó Anexo.

En 2002 un grupo de madres denunció que había numerosos casos de cáncer en el barrio. Luego se constató que la zona estaba contaminada un cóctel tóxico compuesto por PCB de los transformadores de Epec, agua contaminada con plomo, cromo y arsénico y plaguicidas en los tanques domiciliarios.

La reciente acusación judicial la efectuó el fiscal de Instrucción del Distrito Judicial 3, turno 6 de la Capital, Carlos Matheu, en la causa abierta contra los productores Jorge Alberto Gabrielli (48) y Francisco Rafael Parra (53), y el comerciante Edgardo Jorge Pancello (51).

El pedido del fiscal no se encuentra firme y podría ser objeto de oposición por la defensa de los imputados, en cuyo caso la situación será analizada y resuelta por un juez de control.

Gabrielli y Parra están imputados como supuestos instigadores del delito de contaminación ambiental, mientras que a Pancello se le atribuye la autoría del mismo ilícito, por ser quien concretó con un avión la fumigación de los campos.

Se trata de un delito previsto por el artículo 55 de la ley 24.051 de residuos peligrosos, que prevé pena de reclusión o prisión de tres a 10 años, para quien "utilizando los residuos a que se refiere la presente ley, envenenare, adulterare o contaminare de un modo peligroso para la salud, el suelo, el agua, la atmósfera o el ambiente en general".

Agrega el artículo que si el hecho fuere seguido de la muerte de alguna persona, "la pena será de 10 a 25 años de reclusión o prisión".

De acuerdo con la investigación, las fumigaciones cuestionadas ocurrieron entre fines de enero y comienzos de febrero de 2008, en campos sembrados con sojas de propiedad de los agricultores Parra y Gabrielli, colindante con el barrio Ituzaingó Anexo.

La Municipalidad de Córdoba realizó una denuncia que impulsó la investigación judicial. Luego, a los acusados se les impidió seguir fumigando hasta que se resuelva su situación judicial.

El municipio también presentó un recurso de amparo para que la Justicia bloquee por dos años las fumigaciones en la zona. Durante ese tiempo se realizarán estudios para determinar la gravedad de los casos. Sin embargo, la medida aún no tiene una resolución.

Según la causa, los acusados utilizaron endosulfán y glifosato, con lo cual violaron el artículo 58 de la ley 9.164, de Agroquímicos de la Provincia de Córdoba. La norma prohíbe la aplicación aérea de dichos productos en un radio menor a 1.500 metros de distancia de una población urbana para el endosulfán y de 500 metros para el glifosato, por tratarse de químicos peligrosos para la salud.

Además, la ordenanza municipal 10.589 prohíbe la aplicación aérea de plaguicidas o biocidas químicos en todo el ejido de la ciudad de Córdoba.

foto satelital

Fuente:

http://noticias-ambientales-argentina.blogspot.com/